El DNU afectará a “cientos de personas con discapacidad” que asisten a instituciones, consultorios, transporte, centros de día, centros educativos terapéuticos, escuelas, hogares, etc. señalaron desde el Foro permanente para la promoción y defensa de los derechos de las personas con discapacidad.
El Foro permanente para la promoción y defensa de los derechos de las personas con discapacidad se declaró en alerta tras conocerse el DNU de gobierno nacional,que “ rompe con un sistema que permite el acceso a las personas con discapacidad con cobertura social en igualdad de condiciones”, señalaron desde el espacio
Desde Santa Fe lo sectores que son parte de dicho foro son los transportistas nucleados en Atraes y la Asociación Provincial de Instituciones para Personas con Discapacidad (Apridis)
Por lo pronto Pablo Bolego, presidente de Atraes anticipó que se viene una gran movilización en Rosario y a nivel nacional, En tanto, Mariel Chapero de Apridis alertó´que, el Sistema Único de Prestaciones “se va a concentrar en aquellos prestadores de servicios de mayor tamaño que podrán adaptarse y resistir este proceso selectivo; en cambio los prestadores más pequeños, probablemente más jóvenes en sus trayectorias y cuya labor es fundamental en el interior del país van a sucumbir en el camino”
Ambos referentes coincidieron que el DNU afectará a “cientos de personas con discapacidad” que asisten a instituciones, consultorios, transporte, centros de día, centros educativos terapéuticos, escuelas, hogares, etc.
Para poner en contexto, el pasado viernes 10 se conoció un proyecto de decreto que establecería lo siguiente: “Determínese que los organismos públicos nacionales financiadores del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las personas con discapacidad mencionadas en el artículo 7 de la Ley 24.901 fijarán de forma independiente – y no vinculante entre ellos- los valores arancelarios de las prestaciones incorporadas o a incorporar en el nomenclador de prestaciones básicas para personas con discapacidad.”
Cabe indicar que actualmente existe un nomenclador en donde se especifican las prestaciones establecidas por la Ley 24.901 y el arancel que le corresponde a cada una y que los diversos entes que dan cobertura (obras sociales, prepagas, Pami, Incluir Salud) están obligados a pagar en su totalidad con sus propios recursos económicos (las obras sociales a partir de lo que aportan los trabajadores y empleadores, las prepagas con las cuotas que pagan las personas que contratan su cobertura, el Pami con lo que recauda de todos los empleados y jubilados e Incluir Salud con el presupuesto que proviene del tesoro nacional).
“Estos aranceles se deberían ir actualizando según la inflación y los sueldos que establecen los sindicatos”, señalaron desde el Foro
El organismo responsable de esta tarea es el Directorio del Sistema Único de Prestaciones Básicas a favor de las Personas con Discapacidad que está conformado por representantes del Pami, de la Agencia Nacional de Discapacidad, de Incluir Salud, de la Superintendencia de Servicios de Salud, del Ministerio de Salud de la Nación, de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, de dos representantes de los prestadores y del Consejo Federal de Discapacidad (con voz y sin voto).
Nuevo proyecto del Gobierno
En el proyecto de decreto se establece que cada organismo público nacional financiador del Sistema de Prestaciones fije por su cuenta los aranceles para cada prestación, o sea que el Directorio, que tiene esta obligación por el Decreto 1193/98, no se ocuparía en adelante de esta tarea y “así dejaría de escucharse, por lo menos, el parecer de quienes brindan estas prestaciones que deben cumplir con exigencias edilicias y de recursos humanos para ser aceptados como prestadores del Sistema”, señaló el comunicado de sectores de discapacidad.
Asimismo alertaron que “dejar en manos de los organismos financiadores del Sistema puede generar la fijación del arancel que ellos mismos van a tener que pagar, va a generar la ruptura de un logro fundamental: que las personas con discapacidad sean atendidas en los servicios categorizados por el estado o por profesionales inscriptos en la Superintendencia de Servicios de Salud sin importar su situación económica, mientras cuenten con el certificado único de discapacidad y una cobertura a través de una obra social, del PAMI, de la prepaga o de Incluir Salud”.
El texto además advirtió que “se puede retrotraer a la situación que se vivía antes de que existiese la Ley 24.901. En ese momento había obras sociales que reconocían pagar algo y otras poco o nada y así ciertas personas con discapacidad recibían una atención o no según la obra social que tenía”.