Expediente 261640 de la concejala Ferrero
O R D E N A N Z A
Artículo 1°.- Objeto. Establézcase el ciclo de capacitación permanente de buenas prácticas de navegación con fines recreativos y deportivos, seguras y respetuosas del ambiente en el ámbito de la ciudad de Rosario, con el objeto de promover al Río Paraná como espacio de encuentro y disfrute colectivo por todos los rosarinos y rosarinas.
Art. 2°.- En cumplimiento con el presente objetivo se prevé la realización de instancias de formación de carácter teórico y práctico orientadas a difundir los conocimientos necesarios para una navegación segura y en convivencia consciente con el Río Paraná:
• Instancias de formación teóricas.
1. Primeros Auxilios: fundamentos de los Primeros Auxilios en Ambientes Agrestes;
2. Convivencia en el río: fundamentos de los sistemas de señalización, prioridad de paso y normas de convivencia;
3. Meteorología: identificación y prevención de Tormentas;
4. Cuidado de los Humedales: características del humedal, preservación y cuidado.
• Instancias de formación prácticas.
1. Reanimación Cardio – Pulmonar y prevención de ahogamientos;
2. Rescate asistido, autoasistido y seguridad en Kayaks
3. Rescate de nadadores
4. Rescate en terrenos anegados.
Art. 3°.- Población beneficiaria. El presente ciclo de capacitación se orienta a toda persona mayor a 13 años que acredite residencia en la ciudad de Rosario.
Art. 4°.- Autoridad de aplicación. La autoridad de aplicación del presente ciclo de capacitación será la Secretaría de Deportes y Turismo de la Municipalidad de Rosario, o la que en el futuro la
reemplace.
Art. 5°.- Articulación institucional. La autoridad de aplicación de la presente norma podrá realizar convenios con actores de la sociedad civil y del Estado que estime necesarios para el cumplimiento de los objetivos dispuestos.