Cavallero rechazó el Decreto que permite a las Fuerzas Armadas actuar en el área de Seguridad Interior

El diputado provincial del Partido Progreso Social y presidente del bloque justicialista para la Victoria considera a dicho Decreto totalmente ilegal, “ya que un decreto no puede derogar al menos tres leyes fundamentales como son la Ley de Defensa Nacional, la Ley de Seguridad Interior, y la Ley de Inteligencia Nacional que son muy claras y precisas en cuanto a diferenciar las tareas de Defensa Nacional de las de Seguridad Interior, no permitiendo a las Fuerzas Armadas desarrollar actividades en el área de Seguridad Interior”.

Diputado provincial Héctor Cavallero

El legislador sostuvo que la decisión adoptada por el presidente, Mauricio Macri pone en peligro el sistema democrático sin ofrecer una respuesta cierta a la situación que dice querer combatir. Por ello, el bloque de Diputados Provinciales del Frente Justicialista para la Victoria, expresó su más firme oposición a la firma del Decreto, mediante el cual aplica una propuesta que implica una degradación de la Democracia y el Estado de Derecho en momentos en que la opinión de la sociedad empieza a cuestionar las medidas neoliberales de su gobierno.

 

Qué dice la Ley?

 

La Ley de Defensa Nacional que precisa las funciones de las Fuerzas Armadas establece que solo pueden actuar en forma disuasiva para enfrentar agresiones de origen externo.

 

Esta Ley fue sancionada por el Congreso Nacional y promulgada por el entonces Presidente Dr. Raúl Alfonsín en el año 1988 y se considera uno de los ejes ordenadores que consolidaron y fortalecieron la democracia en Argentina, que ya había sufrido los golpes de estado de 1930, 1955, 1966 y 1976.

 

En segundo lugar, y en el mismo sentido, se promulgó la Ley 24.059 de Seguridad Interior sancionada por el Congreso Nacional y promulgada por el entonces Presidente Dr Carlos Menem en 1991.

 

También se debe tener en cuenta la Ley de Inteligencia Nacional número 25520 y sus modificatorias posteriores, que fue sancionada por el Congreso Nacional el 27 de noviembre de 2001 y promulgada el 3 de diciembre de ese mismo año por el entonces Presidente Dr. Fernando de la Rúa, y reglamentada posteriormente por el Decreto 950/2002 con la firma del Presidente Constitucional Dr. Eduardo Duhalde.

 

Para Cavallero, “quedan claros por lo tanto que el narcotráfico, el terrorismo, la trata de personas, el tráfico de armas y demás delitos complejos, tienen que ser combatidos por las Fuerzas Federales de Seguridad como son la Policía Federal, Gendarmería Nacional, Policía de Seguridad Aeroportuaria y Prefectura Naval Argentina, bien equipadas y adiestradas para que realicen tareas de inteligencia criminal y financiera eficaces y activas, apoyadas con fiscalías especializadas y jueces conocedores y probos, como así también con la consolidación de una red social de contención por parte del Estado que le dispute a los grupos delictivos a aquellas personas que por una razón u otra queden marginadas del sistema social, como así también una red red nacional de atención y recuperación de adicciones.

 

Por otro lado, agregó que “las experiencias internacionales en la materia son terminantes. Basta recordar que un experimento similar están llevando a cabo Estados Unidos y México por los mismos hechos argumentados. Después de casi una década de implementar el plan similar, solo han logrado un incremento del narcotráfico hacia Estados Unidos, y además la mayoría de los carteles han integrado sus brazos armados fundamentalmente con ex integrantes de las Fuerzas Armadas mexicanas que se pasaron a esas filas delictivas, y un mayor tráfico de armas hacia México. Todo ello con más de 230 mil muertos civiles por una seguridad interior desquiciada”.