Expediente 264249 del Sindicato de Vendedores de Diarios y Revistas de Rosario.
A partir de una presentación del Sindicato de Vendedores de Diarios y Revistas de Rosario (Sivendia), se aprobó una modificación en el artículo 12º del decreto/ordenanza Nº 42.517/71, por el cual los permisos para la venta de diarios y revistas y afines deberán ser renovados cada 5 años, en lugar de un año como era hasta el presente.
O R D E N A N Z A
Artículo 1º.- Modifìquese el artículo 12º del Decreto – Qrdenanza N° 42.517/71, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
«Art. 12º.- Los permisos para la venta de diarios y revistas y afines deberán ser renovados cada cinco (5) años, debiéndose iniciar para tal objeto, nuevo expediente en el que se cumplimentarán los requisitos establecidos en el artículo 2° del presente. Los antecedentes de las renovaciones serán registradas en la «credencial habilitante» instituida por el artículo 9° de este acto administrativo.»