Expediente 258817 de particular
D E C R E T O
Artículo 1°.- El Departamento Ejecutivo Municipal, por intermedio de la repartición que corresponda, verificará que los causantes que se detallan en el Anexo adjunto que forma parte integrante del presente Decreto; corresponden a EMPRESAS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS debidamente habilitadas y que operan en la Terminal de Ómnibus Mariano Moreno.
Artículo 2°.- Una vez realizada la verificación indicada en el Art. 1º, condónase con carácter excepcional, a los causantes que se detallan en el Anexo adjunto que forma parte integrante del presente Decreto, la totalidad de la deuda que en concepto de Derecho de locación de espacios destinados exclusivamente a boletería en la Terminal de Ómnibus Mariano Moreno (Ordenanza 4064/1986, Art. 50°) mantienen con la Municipalidad de Rosario, por todos los períodos vencidos e impagos desde abril hasta diciembre de 2020 inclusive.
Artículo 3°.- En caso que los contribuyentes incluidos en el Art. 2º hayan efectuado pagos de Derecho de locación de espacios destinados exclusivamente a boletería en la Terminal de Ómnibus Mariano Moreno (Ordenanza 4064/1986, Art. 50°) por los períodos abril hasta diciembre de 2020 inclusive, quedan excepcionalmente eximidos por dichos períodos, debiéndose aplicar esos montos a períodos posteriores.