Beneplácito por la sanción de Ley nacional que regula la teleasistencia médica y la prescripción de recetas online

Expediente 255652 del concejal Zeno.

VISTO:

La sanción de la ley que establece la modificación de las leyes 17.132, 17.565, 17.818, y 19.303, incorporando la prescripción y dispensa de medicamentos utilizando recetas electrónicas y la teleasistencia en salud, y

 

CONSIDERANDO:

“Que el Senado aprobó por unanimidad el proyecto que autoriza la prescripción médica, odontológica o de otros profesionales de las recetas o estudios médicos a todos los profesionales sanitarios legalmente facultados a prescribir, en los respectivos ámbitos de asistencia sanitaria y atención farmacéutica pública y privada.

 

Que además, este proyecto habilita la teleasistencia. “Para algunas prácticas esta es una realidad en el país. En la Argentina había un vacío legal, la teleasistencia no figuraba en la Ley de Ejercicio de la Medicina y tampoco estaba regulada.

 

Que determina que los medicamentos prescriptos en receta en formato electrónico o digital deberán ser dispensados en cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de establecimientos de salud y establecimientos del sector salud habilitados.

 

Que los responsables de la fiscalización de los sistemas de receta electrónica y plataformas de teleasistencia deben «garantizar la custodia de las bases de datos de asistencia profesional virtual (historias clínicas digitales), prescripción, dispensación y archivo».

 

Que también deben «establecer los criterios de autorización y control de acceso a dichas bases de datos y garantizar el normal funcionamiento y estricto cumplimiento de las normativas vigentes en el área».

 

Que la iniciativa surgió el año pasado, mucho antes de la pandemia de COVID-19 por la Diputada Silvia B. Elías de Pérez

Que el presidente de la comisión de Salud, el senador Mario Fiad, destacó durante la sesión el consenso logrado para esta ley y declaró que «no hay duda de los avances en lo que respecta a la salud digital» ya que achican «las brechas de inequidades para poder llegar a zonas alejadas» porque «muchas veces el factor crítico de la distancia dificulta el acceso a la salud».

 

Que el senador Fiad marcó observaciones que «serán salvables», dijo, en la reglamentación como las que mencionan la entrega de medicamentos en establecimientos habilitados algo que generó preocupación para asociaciones de farmacias.

 

Que esta ley lo que viene a hacer es exigirle a los ministerios de Salud de cada una de las jurisdicciones, al Ministerio de Salud de la Nación la obligatoriedad de regular las plataformas, las prácticas de teleasistencia para que garanticen la protección de los datos y los derechos de los pacientes”.

Que la prescripción de medicamentos es el acto de indicar un tratamiento farmacológico que se requiere para una situación específica. Este acto lo realiza un profesional matriculado a través de una receta. Las recetas son clásicamente redactadas en papel, por puño y letra del prescriptor.

Que los medicamentos prescriptos en receta en formato electrónico o digital podrán ser dispensados en cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de establecimientos de salud y establecimientos del sector salud habilitados para tal fin, acorde a las disposiciones vigentes.

 

Que la autoridad de aplicación de la presente ley será establecida por el Poder Ejecutivo Nacional coordinando su accionar con las autoridades jurisdiccionales competentes y los organismos con incumbencia en la materia quienes definirán por vía reglamentaria los tiempos necesarios para alcanzar la digitalización total.

 

Que para la implementación de la presente ley se deberán desarrollar y/o adecuar los sistemas electrónicos existentes y normatizar su implementación para utilizar recetas electrónicas, siendo el organismo que el Poder Ejecutivo Nacional oportunamente establezca y los organismos que cada jurisdicción determine, los responsables de la fiscalización de los sistemas de receta electrónica, quienes deben garantizar la custodia de las bases de datos de prescripción, dispensación y archivo, establecer los criterios de autorización y control de acceso a dichas bases de datos y garantizar el normal funcionamiento y estricto cumplimiento de las normativas vigentes en el área.

 

Que en la actualidad la legislación vigente en la Argentina (Nacional y Provinciales) que rige para las prescripciones de medicamentos fueron redactadas hace muchos años (en su mayoría en las décadas de 1960 y 1970) y esas legislaciones expresan que las prescripciones y las actuaciones relacionadas con la prescripción y dispensación de medicamentos son realizadas de puño y letra.

 

Que la receta digital es una herramienta en la gestión sanitaria que permite un mejor control de las prescripciones, reducción de errores médicos, aceleración o simplificación del proceso en los centros de salud, aumento en la adherencia a los tratamientos crónicos, optimización de gestión en farmacias, crecimiento y ordenamiento en las capacidades de fiscalización y auditoria de la gestión de medicamentos, y disminución de los costos financieros entre otras ventajas.

 

Que la receta electrónica informatizada es un elemento de calidad donde interaccionan todos los agentes implicados en la prescripción, dispensación y financiamiento de los medicamentos.

 

Que de acuerdo al avance de las tecnologías de la información y comunicación en las prestaciones de salud y augurando que los registros digitales/electrónicos en esta área podrán facilitar la gestión, simplificar los procedimientos para ordenamiento, control y gestión en la prescripción, dispensación, facturación, uso seguro, racional y gestión en general de los medicamentos, es que se propone establecer el marco jurídico para todas las actuaciones relacionadas con la prescripción y dispensación de medicamentos a través de recetas electrónicas.

 

Que es el propósito de estas actuaciones que se permita la utilización de los registros digitales, y que paulatinamente sea este el único formato para poder prescribir, dispensar y realizar todos los registros relacionados con la prescripción de medicamentos de modo efectivo, seguro y legal.

 

Que resulta necesario establecer en la Argentina un marco legal que permita y estimule la utilización de registros digitales para todas las actuaciones relacionadas con la prescripción y dispensación de medicamentos a través de recetas electrónicas.

 

Por lo expuesto esta comisión aconseja para su aprobación el siguiente proyecto de.

 

D E C L A R A C I Ó N

El Concejo Municipal de Rosario expresa su beneplácito por la sanción de la Ley Nacional que tiene por objeto establecer que la prescripción y dispensación de medicamentos pueden ser redactadas y firmadas a través de recetas electrónicas y como así también plataformas de teleasistencia en salud para todo el territorio nacional.