Expediente 271192 de Intendencia.
En el marco de las obras de transformación urbana integral del barrio República de la Sexta y el Centro Universitario Rosario, el Concejo Municipal aprobó una ordenanza remitida por el Ejecutivo que modifica el trazado de la calle Esmeralda en el tramo comprendido entre la calle La Paz al sur y Riobamba al norte, con un ancho oficial variable de entre 32,30 metros y 14,78 metros, resultante de mantener su actual línea municipal oeste, en coincidencia con el frente este de la manzana 138.
Asimismo se dispone la creación de un pasaje de orientación sureste-noroeste, en la manzana 161, en el tramo comprendido entre la calle Viamonte al sur y La Paz al norte.
El concejal Fabrizio Fiatti, presidente de la comisión de Planeamiento y Urbanismo explicó, que “no se puede sostener la calle Esmeralda en el ancho previsto” y precisó que habrá “una plazoleta en la intersección con La Paz”.
O R D E N A N Z A
Artículo 1°.- Créase un pasaje de orientación Sureste-Noroeste, en la Manzana 161 de la Sección Catastral 2ª, en el tramo comprendido entre calle Viamonte al Sur y calle La Paz al Norte, estableciendo para el mismo un ancho oficial de 15,25m y ubicando su Línea Municipal Oeste en coincidencia con los segmentos de recta AB y BC en donde el Punto A se ubica sobre la Línea Municipal Norte de calle Viamonte a 15,35m hacia el Este del vértice Suroeste del Gráfico 12, indicado como Punto K en el Plano de Mensura para Modificación de Estado Parcelario N° 218.369/19; el Punto B se ubica a 6,10m hacia el Norte del Punto A medidos en forma perpendicular a dicha Línea Municipal y el Punto C se ubica sobre la Línea Municipal Sur de calle La Paz a 17,00m hacia el Este del vértice Noroeste del Gráfico 12, indicado como Punto L en el mencionado Plano de Mensura, en tanto que su Línea Municipal Este se define en coincidencia con los segmentos DE y EF los cuales se ubican en forma paralela y a 15,25m de los segmentos AB y BC respectivamente.
Art. 2°.- Modifícase el trazado oficial de calle Esmeralda, en el tramo comprendido entre calle La Paz al Sur y Riobamba al Norte, estableciendo para el mismo un nuevo ancho oficial variable entre 32,30m y 14,78m resultante mantener su actual Línea Municipal Oeste en coincidencia con el frente Este de la Manzana 138, indicado en el Plano de Mensura Nº 13.699/27 y de emplazar su Nueva Línea Municipal Este en coincidencia con los segmentos de recta GH y HI en donde el Punto G surge de la intersección de una recta paralela trazada a 32,30m hacia el Este de su Línea Municipal Oeste con la Línea Municipal Norte de calle La Paz; el Punto H se ubica sobre dicha
paralela a 3,76m hacia el Norte del Punto G y el Punto I se ubica sobre la Línea Municipal Sur de calle Riobamba a 5,23m hacia el Este del vértice Noroeste del Gráfico 1 de la Manzana 139, indicado como Punto H en el Plano de Mensura para Modificación de Estado Parcelario N° 218.654/19.
Art. 3°.- Déjase establecido que las medidas enunciadas en los artículos precedentes surgen del estudio de los antecedentes cartográficos, quedando las mismas sujetas a los trabajos de mensura
correspondientes a las distintas etapas de ejecución de la obra que involucran entre otros, relevamientos físicos de las construcciones e instalaciones de las empresas prestatarias de servicios, los cuales determinarán con precisión las áreas a afectar al uso y dominio público, facultándose al Departamento Ejecutivo a establecer las adecuaciones necesarias.
Art. 4°.- El plano adjunto al presente texto de Ordenanza forma parte indisoluble de ésta, siendo copia del obrante a fs. 12 del Expediente Nº 12.306-D-24.