Aprobaron el Presupuesto General de Cálculos y Recursos

Este martes 24, el Concejo Municipal aprobó el Presupuesto General de Cálculos y Recursos, modificaciones a la Ordenanza General Impositiva, permiso para la emisión de Letras del Tesoro, régimen de regulación de deudas por moratoria impositiva. Se delegaron además facultades al Departamento Ejecutivo para fijar el valor de la tarifa del Transporte Urbano de Pasajeros por el término de doce meses prorrogables (por un lapso idéntico).

Dentro de esa normativa se otorga además permiso al D.E. para llamar a la concesión de publicidad en red pública de bicicletas con el fin de financiar el sistema. Asimismo se incrementó la partida para la Secretaría de Control y Convivencia Ciudadana, resignando fondos de Entes descentralizados.

CONCEJO MUNICIPAL:
Vuestra Comisión de Presupuesto y Hacienda ha considerado el mensaje del Intendente 40/19 SHYE expediente nº 253.720-I-2019 CM por el que remite proyecto de ordenanza para la creación de un Programa de Financiamiento de Corto Plazo mediante la emisión de Letras del Tesoro de la Municipalidad de Rosario. En el mismo expresa:
VISTO: La conveniencia de incrementar las herramientas disponibles para cumplir con los objetivos de la gestión financiera del Municipio;
La posibilidad de contar con instrumentos modernos de financiamiento de corto plazo, adaptados a las condiciones actuales de los mercados financieros locales;
Y CONSIDERANDO: Que los estados subnacionales requieren de herramientas financieras que permitan sostener y potenciar su gestión;
Que la Provincia de Santa Fe viene desarrollando desde el año 2015 la práctica de emisión de letras para operaciones de financiamiento de corto plazo, autorizadas por ley 13.501;
Que otras ciudades han iniciado procesos similares, como es el caso de la Ciudad de Córdoba, donde a través de la Ordenanza 12619 se ha autorizado la emisión de letras de corto plazo;
Que los fondos generados que se procuran obtener aspiran a mejorar la operatoria financiera de corto plazo del Municipio de Rosario;
Por los motivos expuestos precedentemente, esta Comisión de Presupuesto y Hacienda aconseja para su aprobación el siguiente proyecto de:

O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: CRÉASE un Programa de Financiamiento de Corto Plazo mediante la emisión de Letras del Tesoro de la Municipalidad de Rosario.
ARTÍCULO 2º: FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal a mantener un stock de Letras en el marco del programa creado en el Artículo 1º de hasta 2% del total de recursos de Libre Disponibilidad aprobados por la Ordenanza de Presupuesto para cada ejercicio.
ARTÍCULO 3º: Las operaciones autorizadas mediante los Artículos 1º y 2º de la presente ordenanza deberán reunir las siguientes características:
1. Deuda interna directa;
2. Plazo mínimo de amortización: 30 días desde la fecha de emisión;
3. Plazo máximo de amortización: 365 días desde la fecha de emisión;
4. Destino del financiamiento: atender necesidades de financiamiento de corto plazo.
5. Moneda: en Moneda Nacional.
ARTÍCULO 4º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder en garantía recursos de propia jurisdicción o provenientes del Régimen de Coparticipación Federal, ley 23.548, o el que en el futuro lo reemplace, hasta el monto de emisión autorizado anualmente por el Concejo Municipal, según lo dispuesto por el Artículo 2º de la presente.
ARTÍCULO 5º: DESÍGNASE al Banco Municipal de Rosario como organizador de las emisiones, delegando todas las funciones inherentes y necesarias para llevar a cabo el cometido.
ARTÍCULO 6º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a dictar las normas complementarias necesarias para su implementación.
ARTÍCULO 7º: El Departamento Ejecutivo remitirá anualmenteal Concejo Municipal, un informe sobre la aplicación de este instrumento y las condiciones de las series emitidas para su consideración.
ARTÍCULO 8º: De forma.
Sala de comisiones,

LORENA CARBAJAL

ANDRES GIMENEZ

GERMANA FIGUEROA CASAS

ALDO POY

FABRIZIO FIATTI

MARIA LUZ OLAZAGOITIA

MONICA FERRERO

Expte N° 253.720-I-2019 CM