Lo propuso el legislador Ariel Bermúdez en el marco de una escalada de los sitios de apuestas ilegales en la provincia.
La sociedad se encuentra en alerta ante la escalada del juego online desde la pandemia a esta parte. La falta de legislación al respecto tuvo como consecuencia el auge cientos de sitios de apuestas ilegales, al punto de que hoy en día miles de personas, y sobre todo jóvenes, caigan en estas plataformas para generar ingresos extras, en la mayoría de los casos, logrando todo lo contrario y convirtiéndose en una adicción.
El diputado de CREO y referente de Pablo Javkin a nivel provincial, Ariel Bermúdez, presentó un proyecto de Ley que busca generar medidas desde el Estado provincial para la prevención y el tratamiento de la ludopatía.
“Estamos representando un proyecto que venimos trabajando desde 2017, atendiendo una problemática como la adicción al juego que aqueja a nuestra sociedad de manera silenciosa”, expresa Ariel Bermúdez y subraya: “Esto toma nuevamente impulso debido a la creciente oferta de portales y aplicaciones de apuestas clandestinas, que beneficiados por la falta de regulación, despliegan todo un aparato de marketing en redes sociales con el fin de atraer a más y más personas”.
El autor del proyecto también puso la mira en una tendencia en crecimiento como es la ciberludopatía en adolescentes: “Los sitios de apuestas ilegales encontraron en los adolescentes una población nueva a captar con distintas estrategias, como, por ejemplo, el uso de influencers para publicitar y también la posibilidad de ofrecerles dinero para arrancar a apostar. Esto comienza como un juego inofensivo, pero con el tiempo y las sucesivas pérdidas comienza a convertirse en una adicción, de la que no se tiene control”.
“A este flagelo buscamos combatirlo desde diversos frentes, por eso desde CREO estamos generando distintas instancias, como encuentros con jóvenes estudiantes y proyectos a nivel provincial en la Legislatura junto a Ciro Seisas y a nivel local en Rosario con Fabrizio Fiatti que abordan de manera específica esta problemática”, remarcó Bermúdez.
Objetivos:
Promover políticas de salud dirigidas a la prevención y el tratamiento de la ludopatía
Promover el acceso a servicios de asistencia integral a los jugadores compulsivos y su familia, a través de una cobertura integral y gratuita, desde un abordaje multidisciplinario y conforme a tratamientos diferenciados según las necesidades de los individuos.
Acciones:
a) Acciones de prevención primaria a nivel salud, con un abordaje psicológico y social.
b) Promover la formación de personal especializado para la atención y el tratamiento de la ludopatía.
c) Campañas de prevención y cursos de capacitación sobre ludopatía en instituciones educativas.
d) Relevamiento para conocer la incidencia real de la ludopatía en el territorio provincial y que permita la realización de un diagnóstico acabado sobre esta problemática.
e) Promover planes de investigación, docencia, divulgación y estadísticas sobre ludopatía y adicciones a través de Universidades Nacionales.
f) Campañas de concientización que informen sobre las consecuencias nocivas de la ludopatía a través de medios analógicos y digitales.
g) Línea de atención gratuita, atendido por personas con capacitación específica, para recibir consultas y brindar información relativa a la ludopatía.
h) Promover la participación de organizaciones de la comunidad en la aplicación del programa creado por la presente ley, así como en el diseño y ejecución de otras medidas o acciones que lo complementen.
i) Informe sobre las acciones llevadas a cabo y su evolución, en aplicación del programa creado por la presente ley, en coordinación con las autoridades de cada uno de los municipios de la provincia.
j) Publicar por todos los medios de difusión de que dispone el Ministerio de Salud, todas las medidas llevadas a cabo para cumplir el objeto previsto en la presente ley.
k) Crear el Registro de Autoexclusión Provincial previsto en el Capítulo V de la presente ley.
l) Establecer una modalidad de colaboración entre la autoridad provincial y las autoridades municipales para la provisión y derivación de información a todas las salas de juego del territorio provincial, relativas a las personas anotadas en el Registro de Autoexclusión, incluyendo todas las altas y bajas que se produzcan.
m) Realizar o promover toda otra medida que estime conveniente para el mejor cumplimiento del objeto de la presente ley.
n) Realizar o promover toda otra medida que estime conveniente para el mejor cumplimiento del objeto de la presente ley.
“Esto implica generar legislación sobre un tema complejo en nuestra provincia, saldando una deuda histórica, regulando el juego y asistiendo a personas que padecen esta adicción en todos los niveles del Estado santafesino”, subrayó el legislador de CREO.