Los Trabajadores Marítimos y Fluviales explicaron la especial injusticia de la vuelta del impuesto para el «Personal embarcado».
Todos los sindicatos miran qué está pasando dentro del Congreso de la Nación donde se trata la Ley Bases. El impuesto a las ganancias es el común divisor de las próximas disputas. Por lo pronto, la cámara baja aprobó la ley en general.
Lo que está en juego es la modificación en el régimen de Ganancias, el cual, entre otras cosas, elimina el capítulo de las exenciones a la Cuarta Categoría y avanzarían con una reforma laboral.
Desde el gremio de Conductores Navales (Siconara) se declaran en estado de alerta y movilización. Asimismo Fernando Ramírez, secretario General del Siconara Rosario explicó que, mediante proyecto presentado a la Cámara de Diputados , denominado “MEDIDAS FISCALES PALIATIVAS Y RELEVANTES“, se contempla el restablecimiento del Impuesto a las Ganancias para la Cuarta Categoría, a través de la derogación de lo establecido en el inc.) x del artículo N°26 del Decreto 824/2019, “referente a la exención en el pago de dicho impuesto, por la diferencia entre el valor de las horas extras y el de las horas ordinarias, que perciban los trabajadores en relación de dependencia por los servicios prestados en días feriados, inhábiles y durante los fines de semana”, señaló el dirigente gremial.
En ese sentido Ramírez, indicó que, “con la derogación de esta normativa, se comete especialmente con el Personal Embarcado, una injusticia de grandes proporciones”.
El dirigente gremial planteó que, “efectivamente, el mero hecho de ejercer nuestra profesión a bordo de los buques, cualquiera que estos fueren, con la real imposibilidad de, una vez finalizada la jornada laboral, retirarnos a nuestro domicilio, nos quita el derecho de optar por realizar o no las horas de trabajo por fuera de esa jornada laboral de 8 horas.”.
Por el contrario, “estamos obligados a permanecer a bordo efectuando las tareas demandadas y a velar, durante las 24 horas por la seguridad del buque y su tripulación. Esto no nos convierte en mejores ni peores que otros trabajadores, simplemente somos distintos por las tareas que nuestro trabajo nos impone”.
Asimismo, Ramírez amplió el concepto señalando que, “el desarraigo, la imposibilidad de abandonar nuestro lugar de trabajo y el encontrarnos las 24 horas a disposición del buque hace que, fundamentalmente, de derogarse el inc.) x del artículo N°26, se pierda el reconocimiento, fundado mediante Dictamen Firma Conjunta del Ministerio de Economía, de la exención porcentual otorgada con motivo de lo expresado”.
“Hoy, más que nunca, los trabajadores marítimos, fluviales y de la pesca queremos hacer saber a nuestros gobernantes la injusticia de “castigar” el salario del personal embarcado, cuando el mismo carece de la posibilidad de optar por prestar los servicios requeridos fuera de una jornada normal de trabajo. Hoy, más que nunca, los trabajadores marítimos, fluviales y de la pesca queremos hacer saber a nuestros gobernantes que nuestro salario no es ganancia”, completó el secretario general del Siconara.