Expediente 268028 de Intendencia.
Se votó un mensaje remitido por el Departamento Ejecutivo por el cual se lo autoriza a suscribir convenios con los titulares de los inmuebles incluidos en el Catálogo de Bienes del Patrimonio, Arquitectónico y Urbanístico, ubicado en la zona de Moreno y avenida Wheelwright y que ocupara históricamente la imprenta Caille y Vola y luego la firma Personal, y fuera también sede de una Vidriera de Cordic, y en el marco del Programa de Preservación y Rehabilitación del Patrimonio para la realización de un desarrollo edilicio.
D E C R E T O
Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir Convenio de Preservación en el marco de la Ordenanza Nº 7.837/05, con Carla Boccardo, Paola Boccardo, Luis Ariel Onguino, y Laura Inés Onguino; en su carácter de propietarios del inmueble ubicado en calle Moreno Nº 196 Bis, empadronado en la Sección Catastral 1ª, Manzana 3, Gráfico 6; posibilitando en virtud del valor patrimonial del inmueble incluido en el “Inventario y Catalogación de Bienes del Patrimonio Histórico, Arquitectónico y Urbanístico de la Ciudad de Rosario” con un Grado de Protección “2a”, según Ordenanza Nº 8.245/08, excepcionalmente la ampliación de 10.714 m2 totales con una altura máxima de 66 metros, reconociéndose que el edificio a preservar comprende dos lotes linderos conjuntamente con el gráfico 5, S/D 2 correspondiendo iguales criterios de intervención y preservación como una unidad arquitectónica; debiendo abonar la contribución compensatoria por mayor edificabilidad calculada sobre 10.714 m2; todo ello convenientemente evaluado por el Programa de Preservación y Rehabilitación del Patrimonio dependiente de la Secretaría de Planeamiento; cuyo texto forma parte inescindible del presente Decreto y se halla glosado a fs. 400, 400 vuelta y 401, así como el Anexo I sobre Tareas de Rehabilitación obrante de fs. 399 y 399 vuelta y los Planos que como Anexo II obran de fs. 268 a 273 en el Expte. Nº 33.319- A-18.D.E, los que se adjuntan en copias.
Art. 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir Convenio de Preservación en el marco de la Ordenanza Nº 7.837/05, con los propietarios Jorge Alberto Paganucci, Fabián Carlos José Pulido; SERALCON S.A.,y ORATUL S.A.; representados por Norberto Antonio Domingo Speciale, en su carácter de apoderado de los propietarios del inmueble ubicado en Av. Wheelwright Nº 2043, empadronado en la Sección Catastral 1ª, Manzana 3, Gráfico 5, S/D 2; posibilitando en virtud del valor patrimonial del inmueble incluido en el “Inventario y Catalogación de Bienes del Patrimonio Histórico, Arquitectónico y Urbanístico de la Ciudad de Rosario” con un Grado de Protección “2a”, según Ordenanza Nº 8.245/08, excepcionalmente la ampliación de 7.581,15 m2 totales con una altura máxima de 66 metros, reconociéndose que el edificio a preservar comprende dos lotes linderos conjuntamente con el gráfico 6 correspondiendo iguales criterios de intervención y preservación como una unidad arquitectónica; debiendo abonar la contribución compensatoria por mayor edificabilidad calculada sobre 7.581,15 m2; todo ello convenientemente evaluado por el Programa de Preservación y Rehabilitación del Patrimonio dependiente de la Secretaría de Planeamiento; cuyo texto forma parte inescindible del presente Decreto y se halla glosado a fs. 402, 402 vuelta y 403, así como el Anexo I sobre Tareas de Rehabilitación obrante de fs. 399 y 399 vuelta y los Planos que como Anexo II obran de fs. 258 a 261 y 266 en el Expte. Nº 33.319- A-18.D.E, los que se adjuntan en copias.