Expediente 267177 de la concejala Ferradas.
D E C R E T O
Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal que, mediante la Dirección Municipal de Hidráulica y/o la repartición que corresponda, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles realice una inspección en Barrio Cerrado Country Golf a los fines de determinar si su producción de vertidos a las redes de desagües de la ciudad, particularmente al Arroyo Ludueña, y la disposición final de los efluentes que genera, son realizados según la normativa vigente y establecer si cuentan con los permisos solicitados por la misma.
Art. 2º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo que, caso de detectarse infracciones o faltas a la normativa vigente por parte del establecimiento, se proceda a establecer las sanciones administrativas que resulten pertinentes.
Art. 3º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo que, a través de la repartición que corresponda y en un plazo no mayor a treinta (30) días, remita a este Cuerpo información respecto de todo lo actuado en relación a lo establecido en el Artículo 1 y 2 del presente Decreto con su documentación respaldatoria.