Condenaron a prisión perpetua a un femicida en Rafaela

Rafaela

Condenaron a prisión perpetua a Julio Alberto Allendes por el femicidio de Noemí Alejandra Salvaneschi.

La sentencia fue dada a conocer este martes 9 de octubre en el marco de un juicio oral y público que se desarrolló en Rafaela. El fiscal que investigó el caso es Martín Castellano.

Un hombre de 63 años identificado como Julio Alberto Allendes fue condenado a prisión perpetua por el femicidio de Noemí Alejandra Salvaneschi –la mujer que había sido su pareja desde 1989 y con la que tenía cuatro hijos– cometido en la ciudad de Frontera (departamento Castellanos). Así lo resolvió el tribunal pluripersonal integrado por los jueces Cristina Fortunato, Osvaldo Carlos y Hugo Tallarico.

De acuerdo a la sentencia de los magistrados, el delito por el que se condenó a Allendes es homicidio doblemente agravado por el vínculo existente entre autor y víctima, y por haber sido cometido por un hombre y mediare violencia de género (primer hecho), en concurso real con tenencia indebida de arma de fuego de uso civil (segundo hecho).

Los hechos

El fiscal recordó que “el 17 de abril de 2017 alrededor de las 14:00, Salvaneschi se acercó a la casa en la que estaba viviendo el imputado en Frontera (que había sido el hogar conyugal), y en la que también estaban una de las hijas de ambos y sus nietas menores de edad. Meses antes, la víctima había decidido separarse del condenado, formó una nueva pareja y se mudó a la ciudad de Morteros, en la provincia de Córdoba».

Castellano consideró que «se encuentra claramente acreditado que Allendes dio muerte a su cónyuge y que lo hizo en el interior de la cocina comedor de la casa ubicada en Calle 50 al 100 a las 16:00 aproximadamente, utilizando para provocar la puñalada mortal un cuchillo de metal de unos 17 centímetros de hoja que estaba en la casa».

El juicio

En relación a la calificación, el funcionario agregó que «al momento de dictar sentencia, el tribunal entendió –como lo planteamos desde la Fiscalía desde la primera jornada del juicio– que el homicidio doloso fue agravado por el vínculo existente entre autor y víctima y por la violencia de género verificada en el caso”.

En tal sentido, el funcionario del MPA agregó que “en el curso del debate se incorporaron numerosas pruebas que permiten arribar a la conclusión de que la muerte de Salvaneschi a manos del condenado no se trató de un hecho aislado de violencia sino que –por el contrario– constituyó el desenlace triste y doloroso de un extenso periodo de agresiones, malos tratos y humillaciones previas del imputado a la víctima que implicaron un desprecio manifiesto a su dignidad de mujer».

Castellano concluyó que «Allendes no mató a su cónyuge en el marco de una incapacidad para comprender lo que hacía o para dirigir sus acciones producto de su estado anímico y de la ingesta de alcohol.

El condenado no mató a Salvaneschi en el marco de un estado de emoción violenta originado en un estímulo externo y desmedido de la víctima. Allendes mató artera, sorpresiva y cruelmente a Salvaneschi, en el marco de un claro contexto de violencia de género previa –acción violenta que se evidenció también en el mismo suceso-, sabiendo perfectamente lo que hacía, dirigiendo sus acciones y su voluntad y con un claro y directo propósito de dar muerte a su cónyuge cumpliendo el plan ideado internamente».