El Concejo repudió al fallo en relación al femicidio de Lucía Pérez

Expediente 247.367 de la concejala Lepratti

VISTO

El fallo del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de la ciudad de Mar del Plata, el lunes 26 de Noviembre de 2018, en relación al femicidio de Lucía Pérez cometido en el 2016, y

 

CONSIDERANDO

Que hace dos años, el femicidio de Lucía era el impulso del Primer Paro Nacional de Mujeres.

 

Que el lunes 26 de Noviembre de 2018 el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de la ciudad de Mar del Plata, dictaminó absolver a Matías Farías (25) y a Juan Pablo Offidani (43) del femicidio de Lucía Pérez, cometido en el 2016.

 

Que, sin embargo, ambos fueron condenados a 8 años de prisión por la venta y comercialización de drogas: “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y en inmediaciones de un establecimiento educativo“. Además, se les impuso el pago de una multa de $135.000.

 

Que este fallo niega las violencias con las que se llevaron adelante el crimen de Lucía de 16 años.

 

Que los Jueces Facundo Gómez Urso, Aldo Carnevale y Pablo Viñas, revalidaron la versión de los acusados por el crimen, desestimando la imputación por abuso sexual seguido de muerte.

 

Que Alejandro Maciel, el tercer imputado por encubrimiento, fue absuelto de los cargos,alegándose su excarcelación por considerarlo «encubrimiento agravado».

Que este fallo está basado en la evaluación pre-juiciosa de los comportamientos de la víctima, previos al hecho, en lugar de evaluar el comportamiento de los tres acusados, demostrando que carece completamente de perspectiva de género.

 

Que para los Jueces Gómez Urso, Viñas y Carnevale, quedó demostrado, tal como lo dijo el informe científico de la Junta Médica, que Lucía no que violada ni asesinada. También   desestimaron el planteo del fiscal Daniel Vicente y del abogado querellante Gustavo  Marcelliac, que el abuso sexual se entendía por la asimetría de poder, entra una adolescente adicta a la cocaína y un hombre mayor de edad vendedor de   droga. También desestimaron   la idea de que Lucía estaba en una situación de vulnerabilidad frente a Farías.

 

“Los imputados no serán absueltos por una cuestión de duda sobre lo que hicieron, sino porque la prueba ha ofrecido claridad en torno a la  inexistencia de un abuso sexual con acceso carnal y de una responsabilidad (imputación) por la muerte de Lucía”, expresaron los jueces en la sentencia.

 

“La Junta Médica dijo que la menor no tenía lesiones compatibles con abuso sexual, que el cuerpo no fue lavado y que es altamente probable que la muerte se debió a una intoxicación por el consumo de droga”, sostuvieron los jueces.

 

Que para los magistrados, quedó demostrado que “Lucía tenía algún grado de adicción al consumo de estupefacientes, pero que tal circunstancia no le impedía realizar sus actividades, llevar una vida normal para una adolescente de su edad y no prostituirse para conseguir la droga”.

 

Que tal como lo hizo durante el juicio la defensora oficial Laura Solari, los jueces en la sentencia remarcaron que por el análisis de los chats y de la vida privada de Lucía, la adolescente “era de tener relaciones con hombres a los que apenas conocía, pero que eso ocurría por propia elección y cuando ella lo quería” y agregaron: “De los chats analizados de Lucía, surge claramente que sus vivencias alejan por completo la posibilidad de que hubiera sido sometida sin su voluntad”.

 

“Lucía -explicaron en la sentencia- tenía una personalidad que distaba mucho de ser sumisa, circunstancia que nos fuera referida en principio por su hermano Matías quién dijo que ella tenía una personalidad fuerte y por su madre quién señaló que ésta le contaba hasta donde quería, por lo que no sabía nada de su vida sexual”. Según lo que se reconstruyó en el debate oral, los magistrados entendieron que: “Lucía a pesar de su edad, tenía la capacidad suficiente como para decir no a los avances o propuestas que le habrían formulado sujetos a los que le había comprado droga”.

 

Que consideró el Juez Carnevale en sus argumentos: ”No existen elementos probatorios que permitan señalar que Lucía se encontraba en una situación de subordinación o vulnerabilidad que le imposibilitaran consentir libre y voluntariamente una relación sexual, no habiéndose visto forzada ni física, ni moralmente a concurrir a la vivienda a Farías el día en que ocurrió su deceso”,  “No hay ningún elemento objetivo, aparte de las conjeturas de la parte acusadora, que puedan sostener que Lucía no fue a encontrarse con Farías de forma voluntaria y con la intención de tener algún tipo de intimidad”, remarcaron en la sentencia.

 

“En definitiva, no existen elementos probatorios que permitan señalar que Lucía se encontraba en una situación de subordinación o vulnerabilidad que le imposibilitaran consentir libre y voluntariamente una relación sexual, no habiéndose visto forzada ni física, ni moralmente a concurrir a la vivienda a Farías el día en que ocurrió su deceso”, concluyeron los jueces.

 

“Como juzgadores somos absolutamente conscientes de la existencia de la violencia de género y de todos los compromisos asumidos por el Estado para tratar de prevenir y mitigar este flagelo, que hoy, conforme estadísticas actuales, asciende a que tengamos una mujer muerta cada 32 hs.”, aclararon los jueces y agregaron: “Pero eso no significa que bajo ese escudo se pretenda encuadrar un hecho que -como se analizara- es diametralmente opuesto a ello”.

 

Por lo expuesto se eleva para su aprobación el siguiente proyecto de:

 

D E C L A R A C I Ó N

El Concejo Municipal de Rosario manifiesta su repudio frente al fallo del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de la ciudad de Mar del Plata, el lunes 26 de noviembre de 2018, en relación al femicidio de Lucía Pérez cometido en el 2016.

 

Este dictamen es la muestra más clara y fehaciente de una justicia patriarcal y selectiva, que deja en evidencia, no sólo la falta de formación de los operadores judiciales, sino la impunidad de un accionar que pretende con este tipo de fallos “aleccionar” a sus víctimas, una justicia misógina, que falla en favor de la muerte, que viola y vulnera derechos, desentendiéndose de personas que viven situaciones como Lucía, por considerarlas “malas víctimas”.