Crean estacionamiento gratuito de bicicletas en eventos masivos

Expediente 244.883 del concejal Sukerman

Habiéndose analizado las presentes actuaciones por esta Comisión de Presupuesto y Hacienda remítanse a la Comisión de Obras Públicas con opinión favorable para su despacho, la propuesta de modificación de acuerdo a lo siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°. Se crea el sistema estacionamiento gratuito de bicicletas en el marco de eventos masivos deportivos o culturales con el objeto de promover la bicicleta como elemento de movilidad personal.

Artículo 2°. A los efectos de la presente ordenanza se define como eventos masivos a aquellas actividades deportivas o culturales en locales cerrados o al aire libre, públicos o privados, capaces de producir una concentración mayor a dos mil (2000) asistentes.

Artículo 3°. El organizador del evento dispone la localización del área para estacionamiento de bicicletas, la cual es aprobada por la autoridad de aplicación de la presente ordenanza. Dicha área debe cumplir los siguientes requisitos como mínimo:

a.   estar ubicada dentro del predio del evento o a una distancia no mayor a 300 metros;

b.   estacionamiento para 5% de la cantidad total de asistentes al evento o de la capacidad del predio;

c.   disponer de las medidas de necesarias para poder cumplimentar con el desarrollo de lo establecido en el Art. 1 de la presente Ordenanza.

Artículo 4°. El organizador debe incluir la difusión de la presente ordenanza en la publicidad del evento.

Artículo 5°. La Autoridad de Aplicación es la Secretaría de Transporte y Movilidad en conjunto con la Secretaría de Gobierno, las cuales tendrán como funciones articular con el organizador la disposición del área de estacionamiento y demás requerimientos, verificar el cumplimiento de la ordenanza y elaborar informes anuales sobre la aplicación del programa, que se publicarán en la página web de la Municipalidad de Rosario.