Preocupación en el Concejo por coartar libertad de expresión a los legisladores

Expediente 252.381 de la concejala Magnani.

 El Concejo Municipal de Rosario expresa su profundo repudio a cualquier tipo de hechos y conductas que intenten coartar la libertad de expresión y de opinión de los Concejales  integrantes de este Cuerpo, genuinos representantes electos democráticamente por el pueblo de la ciudad de Rosario, por acciones, opiniones o discursos vertidos en el recinto de sesiones o mientras desempeñan sus respectivos mandatos legislativos.

 

VISTO

La reiteración de hechos y conductas que intentan coartar la libertad de expresión y de opinión de los Concejales y Concejalas integrantes de este Cuerpo, por acciones, opiniones o discursos vertidos en el recinto de sesiones y/o  mientras desempeñan sus respectivos mandatos legislativos;

CONSIDERANDO

Que en dicho sentido ha habido varias intimaciones, amenazas de demandas, demandas y denuncias contra numerosos integrantes de este Cuerpo, referidas al cumplimiento de sus funciones legislativas, que se repiten a lo largo de los años, lo cual viola flagrantemente la indemnidad de los Concejales y Concejalas prevista expresamente en el art 65 de la Ley Orgánica de Municipalidades de la Provincia de Santa Fe (Ley N° 2756): “Los Concejales no pueden ser detenidos o arrestados sin orden expresa del Juez competente, salvo el caso de in fraganti delito, ni molestados en ninguna forma por opiniones vertidas en el recinto de sesiones”;

Que dicha indemnidad legislativa tiene su correlato con la que está prevista para los Legisladores Nacionales en el Art 68 de nuestra Constitución Nacional: “Ninguno de los miembros del Congreso puede ser acusado, interrogado judicialmente, ni molestado por las opiniones o discursos que emita desempeñando su mandato de legislador”;

Que teniendo en cuenta lo expresado anteriormente, este Concejo Municipal eleva para su aprobación el siguiente proyecto de:

 

DECLARACIÓN

El Concejo Municipal de Rosario expresa su profundo repudio a cualquier tipo de hechos y conductas que intenten coartar la libertad de expresión y de opinión de los Concejales y Concejalas integrantes de este Cuerpo, genuinos representantes electos democráticamente por el pueblo de la ciudad de Rosario, por acciones, opiniones o discursos vertidos en el recinto de sesiones o mientras desempeñan sus respectivos mandatos legislativos; atento a los considerandos expuestos en la presente y porque dichos intentos violan flagrantemente la indemnidad legislativa de los mismos prevista expresamente en el art 65 de la Ley Orgánica de

Municipalidades de la Provincia de Santa Fe (Ley N° 2756), la cual tiene su correlato con la que está prevista para los Legisladores Nacionales en el Art 68 de nuestra Constitución Nacional.