Exigen urgente reglamentación de la ordenanza que dispone asignación especial a víctimas de violencia de género

Expediente 253.207 de la concejala López.

En función del registro, el municipio debe abonar mensualmente a las víctimas de violencia de género una prestación económica de valor equivalente al monto de la asignación universal por hijo durante seis meses. La evaluación de las víctimas está a cargo del Área de Atención en Violencia de Género.

VISTO
La Ordenanza N° 9960, aprobada el 13 de diciembre de 2018, que establece una Asignación económica para mujeres víctimas de violencia. El pedido de informe aprobado por este Cuerpo en el mes de agosto del corriente año, mediante el Decreto N° 56.998, en el que se solicita información sobre el estado actual de la reglamentación de la Ordenanza N° 9960,ya que se han recibido reclamos y consultas referidos a que dicha norma no se ha implementado, y;

CONSIDERANDO
Que la Ordenanza N° 9960 establece la creación de un registro de personas beneficiarias a quienes cumplan con los siguientes requisitos: encontrarse en situación de desempleo, precarización laboral, o no tener ingresos; que se encuentren alojadas por el Área de Atención en Violencia de Género, que tengan residencia permanente en la ciudad de Rosario y ser mayor de 18 años.

Que en función del registro, el municipio debe abonar mensualmente a las víctimas de violencia de género una prestación económica de valor equivalente al monto de la asignación universal por hijo durante seis meses.
Que la evaluación de las víctimas está a cargo del Área de Atención en Violencia de Género.

Que asimismo, la norma contempla que las personas beneficiarias realicen talleres en violencia de género a fines de recibir una asistencia integral que les permita enfrentar el círculo de la violencia, revertir dicha situación y concientizarse acerca de los derechos que la asisten, considerando que el abordaje de la violencia de género debe ser integral y necesita articularse con programas sociales y créditos que promuevan la autonomía económica de las víctimas.

Que de acuerdo a la Ley 26.485, la violencia económica y patrimonial constituye un tipo de violencia generalizado que limita y menoscaba los recursos económicos de las mujeres, destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna.

Que es fundamental revertir esta limitación económica a través de políticas públicas que garanticen la existencia y disponibilidad de recursos, que a su vez permitan el cumplimiento de los objetivos de la ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.

Que resulta urgente efectivizar la ayuda económica a las víctimas en situación de violencia de género con una asignación económica específica, mientras dura la situación de violencia.

Que el proyecto que da origen a la Ordenanza N° 9960 fue presentado en mayo del año 2018 luego de una ronda de consultas con organizaciones que asisten a mujeres víctimas de violencia, desde las cuales se manifestó el creciente deterioro de las condiciones de vida de las personas a quienes asisten.
Que en lo que va del año 2019, la canasta familiar alcanzó un aumento del 32,23% (octubre 2019), y un 55,54% desde septiembre de 2018, es decir, que lo que era de urgencia hace más de 1 (un) año, hoy resulta crítico.

Que a casi un año de la aprobación de dicha ordenanza y desde la aprobación del pedido de informe sobre la misma (Decreto 56.998), no tenemos conocimiento de que haya sido reglamentada.
Que al día de la fecha y pese a la voluntad de este Cuerpo, ninguna mujer ha podido ser beneficiada por esta política pública, como así también seguimos sin conocer cuántas mujeres en situación de violencia se encuentran actualmente en centros de protección de la Municipalidad y otros dispositivos estatales.”


La Comisión ha creído conveniente producir despacho favorable y en consecuencia propone para su aprobación el siguiente proyecto de:

D E C R E T O
Artículo 1º.-Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la repartición que corresponda, reglamentar y poner en vigencia de forma urgente la Ordenanza N° 9960, que establece la Asignación Económica para Mujeres Víctimas de Violencia de Género.