Ley de solidaridad social y reactivación productiva

Analizaremos brevemente la Ley de Solidaridad; como reseñaremos los créditos UVA, las Tarifas del Sistema Energético y el IVA a los productos de la Canasta Básica.

La Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública fue promulgada por el actual gobierno a pocos días de su asunción. Contempla 7 objetivos fundamentales y en esta nota te comentamos de qué se tratan.

Analizaremos brevemente la Ley de Solidaridad; como reseñaremos los créditos UVA, las Tarifas del Sistema Energético y el IVA a los productos de la Canasta Básica.

Dr. Fernando Diego Fontela

Filial Buenos Aires

Filial.buenosaires@cesyac.org.ar

 

Introducción:

En menos de dos semanas de gestión del actual presidente, Alberto Fernández, se ha logrado promulgar un instrumento que permitirá otorgarle las herramientas necesarias para que pueda comenzar a trabajar sobre lo que al parecer serían las causas más urgentes a resolver: emergencia económica, financiera, fiscal, administrativa, fiscal, previsional, energética, sanitaria y social.

Teniendo en cuenta, de manera general, la Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, en este caso me toca aunque sea abordar lo que impacta “desde el punto de vista del consumidor.

Más allá de la cuestión que es otorgarle al Gobierno herramientas para poder hacer frente a la compleja situación económica, es necesario hacer consideraciones:

En principio la multiplicidad de medidas, de índoles macroeconómicas que exceden desde ya el análisis de un consumidor final, tiene por un lado un fin fiscalista, o de equilibrar las cuentas.

Dentro de las medidas adoptadas, las tarjetas alimenticias  destinadas a sectores vulnerables traen incluida una serie de modificaciones e inclusiones de alícuotas, como por ejemplo la devolución del IVA a los productos de la canasta básica para los sectores populares.

Hay varias claves de delegación, cada una se convertirá como mínimo en una política pública que precisará de la negociación y el forcejeo: el criterio de negociación de la deuda pública; otra clave es la reestructuración de tarifas de acuerdo con dos criterios: “equidad distributiva y sustentabilidad productiva”; la intervención en el sistema jubilatorio; las retenciones; reintegros de impuestos a sectores más vulnerados de la sociedad, etc.

 

* Créditos UVA:

Un aspecto importante para la clase media es que se estudiará la evolución de las cuotas de crédito UVA, tanto por el BCRA, como por el nuevo Ministerio de Habitad y Vivienda, en el mientras se analizan los pasos a seguir, el Gobierno prorrogó el congelamiento de las cuotas, que había empezado en agosto, hasta fin de enero. Este beneficio fue para los deudores que compraron vivienda única inferior a los 140.000 UVA, es decir cerca de 80% de los ahorristas

Asimismo se estableció una serie de aumentos salariales (los anunciados $4000.-) tanto para los trabajadores privados como estatales.

Todas medidas apuntadas al restablecimiento del consumo, tan alicaído estos últimos tiempos.

Asimismo, se estableció para los trabajadores una indemnización agravada por (180 días) (según DNU 34/2019).

 

Sistema Energético

En el art. 5to. De la ley  se faculta al PEN  a  “mantener las tarifas de electricidad y gas natural que estén bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de renegociación de la revisión tarifaria integral vigente o iniciar una revisión de carácter extraordinario, en los términos de las leyes 24.065, 24.076”… “por un plazo máximo de hasta ciento ochenta (180) días, propendiendo a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares, comercios e industrias para el año 2020”.

También,  el  Art 6° faculta al PEN  a intervenir administrativamente el ENRE y el ENARGAS por   un (1) año.

Sabemos que se debiera  hacer un esfuerzo, pero la necesidad de establecer mecanismos objetivos, que necesariamente DEBEN PASAR POR EL TAMIZ DE LA AUDIENCIA PUBLICA. La actualización tarifaria, si correspondiera, debe ser desacoplando los costos en Dólares efectuados por el gobierno anterior, a pasar a un sistema de previsibilidad, que haga según la evolución de los salarios de los trabajadores argentinos, en PESOS, es decir en moneda local.

Lo mismo, respecto de Agua y Saneamiento, y de Transporte Urbano, que será seguramente objeto de otro análisis.

Esperamos que las medidas instauradas, procuren una reactivación de las variables macro económicas;  implica normas de previsibilidad.

 

IVA a los productos de la Canasta Básica:

Si bien no está dentro de la Ley, y más allá de que entendemos que como discusión de fondo, la alícuota del IVA es excesivamente alta frente a otros países, lo cierto es que la reducción a 0% de alícuota en alimentos de primera necesidad no sirvió adecuadamente para “palear” la inflación sobreviniente desde agosto/diciembre.

Seguiremos atentamente, dentro de las posibilidades, para que el mercado, a través de la instauración de los precios Cuidados, pueda ser lo suficientemente amplio, juntamente para la amortiguación de la reposición de las alícuotas del IVA entre productor, el distribuidor y el supermercado o mercado de proximidad.

Destacamos que la leche fluida es la que continúa con 0% de IVA.

 

Conclusión:

Desde nuestra institución, vemos con optimismo la aprobación de esta ley, esperamos efectivamente que impulse el consumo y que permita paliar la crisis por la que transita nuestro país y logre poner un tope también a otro gran problema que existe que es la tan conocida inflación.

Entendemos que los consumidores más que nunca debemos estar protegidos, esperemos que las medidas permitan fortalecer y empoderar al consumidor.

Porque un consumidor informado es un consumidor fuerte.

Denunciemos los abusos, y estemos atentos.