Por Resolución General Nº 14/2020 se dejó sin efecto la Resolución General Nº 02/2020 y se dispuso para el ejercicio 2020 el beneficio previsto en el artículo 25 de la Ley 13750 para los contribuyentes que desarrollen actividades industriales en general, a las empresas de transformación de cereales y oleaginosas caracterizadas como pymes santafesinas y a las actividades industriales realizadas bajo la modalidad de fasón por los sujetos denominados fasoniers o confeccionistas.