Estos son parte de la industria vitivinícola, actividad agroindustrial contemplada en el DNU 297/2020.
En el país existen 18 provincias productoras de vino que le dan trabajo de manera directa e indirecta a miles de personas.
Esta categoría de comercios son para muchos pequeños y medianos emprendimientos prácticamente el único canal de venta disponible y las prohibiciones y/o clausuras que se vienen gestando en muchos municipios desconociendo los alcances del DNU y leyes que indican que el VINO ES ALIMENTO, poniendo en serio riesgo las fuentes de trabajo de todos nosotros y nosotras.
Las bases sobre la cual elaboramos esta solicitud son:
– DNU 297/2020.
– Ley 18284 del Código Alimentario Argentino, incluyendo el Capítulo 13 dedicado a Bebidas Fermentadas que indican que el VINO ES ALIMENTO
– Ley 26870 que declara al Vino Bebida Nacional
– Negocio de Proximidad: Según el INDEC, un negocio es de proximidad cuando al menos vende 3 productos de la canasta básica alimentaria , Vino, Cerveza, Aceite de Oliva son algunos de los productos que forman parte de la oferta de este tipo de negocios.
Recomiendan:
– a quienes deseen sumarse a este pedido comunicarse con lautarotome1@gmail.com para solicitar la documentación y asesoría correspondiente.
– a quienes poseen sus comercios abiertos respetar rigurosamente los protocolos de higiene y cuidados indicados por la autoridad sanitaria nacional.
Con la firme esperanza que de esta crisis producida por la pandemia COVID19 la superaremos organizadamente entre todos y todas, saluda afectuosamente