La Oficina Municipal del Consumidor y los planes de ahorro

Asimismo la Oficina Municipal del Consumidor indicó que en el año 2018 se recibieron en la misma 426 denuncias respecto a planes de ahorro, y el año 2019, tal tipo de denuncias se incrementaron y llegó a 562 presentaciones.


Con relación a la resolución dictada por la IGJ se establece en la misma que “diferimiento significa que los descuentos realizados a los suscriptores de los contratos serán devueltos o recuperados luego”.
Tal diferimiento está dirigido a suscriptores de los contratos de planes de ahorro y adjudicatarios agrupados antes del 30 de septiembre del 2019.
Se determina que se difiere la alícuota y gastos administrativos hasta un máximo de 12 meses en las cuotas a vencer de la siguiente manera:
*Primeras 4 cuotas se diferirá un 30 por ciento.
*Próximas 4 cuotas el diferimiento será del 20 por ciento.
*Últimas 4 cuotas, será el diferimiento de un 10 por ciento.
Cabe precisar que la opción de diferimiento es opcional para el consumidor, debe ser ofrecida por las empresas administradoras de planes de ahorro y tiene un plazo de vigencia hasta el 30 de agosto próximo.
El diferimiento podrá ser de 12 cuotas o menos, de acuerdo a las opciones que realice el suscriptor.
También se establece en la resolución de la Inspección General de Justicia que podrán optar por el diferimiento los suscriptores con contratos vigentes, en período de ahorro y adjudicados, y también aquellos cuyos contratos a la fecha de vigencia de la normativa y desde el 1º de abril del 2018, se hallen extinguidos por renuncia, rescisión o resolución (estos últimos deberán al momento de adjudicar el vehículo cancelar el importe de las cuotas morosas).
Se podrá acceder al mecanismo de diferimiento completando un formulario de inscripción el que deberá estar en la página web de la administradora del plan, debiendo el suscriptor del mismo enviarlo vía mail, de acuerdo al procedimiento que allí deberá estar informado.
En cuanto al recupero de las cuotas diferidas se realizarán en hasta un máximo de 12 cuotas, una vez finalizado el plan de ahorro, las que tendrán el carácter de cuotas suplementarias.
Vale señalar que la resolución dispone que quedarán fuera de la posibilidad de opción aquellos suscriptores que hayan iniciado acciones judiciales u obtenido medidas cautelares , dirigidas a la reformulación de cuotas del plan de ahorro.
En otro orden la resolución dispone la suspensión de las ejecuciones prendarias hasta el mes de septiembre próximo.