En un comunicado, la comisión que preside Norma Durango se pronunció sobre la liberación de personas privadas de su libertad por el riesgo de contagio del Covid-19.
La Banca de la Mujer, comisión que preside la senadora Norma Durango, advirtió este miércoles que las personas privadas de su libertad por delitos contra mujeres deben cumplir su condena en la cárcel, luego de que el juez de la Cámara de Casación Penal bonaerense Víctor Violini dispusiera la prisión domiciliaria para los detenidos por delitos leves y en riesgo de contraer el Covid-19.
En un comunicado publicado en El Parlamentario la comisión advirtió que “las personas privadas de libertad por delitos contra las mujeres deben efectuar sus condenas en establecimientos penitenciarios”, y advirtió: “De ninguna manera podemos convalidar que quienes cometen estos delitos puedan poner nuevamente en peligro a más mujeres”.
El comunicado
Como senadoras nacionales integrantes de la Comisión Banca de la Mujer del H. Senado de la Nación, y ante los hechos de público conocimiento, por los cuales se podrían estar adoptando medidas alternativas a la privación de la libertad en establecimientos penitenciarios, como la prisión domiciliaria, manifestamos nuestra profunda preocupación por los riesgos que podría implicar para las víctimas, la libertad de personas detenidas o condenadas por delitos contra la integridad sexual o hechos de violencia contra las mujeres. En particular, nos referimos al acercamiento o contacto de los agresores con sus víctimas.
Sabemos que los ámbitos carcelarios ofrecen dificultades a la eficacia de las medidas de distanciamiento con que el gobierno viene intentando retrasar los niveles de contagio por Covid-19, y nos pronunciamos por el reconocimiento al derecho a la salud de las personas privadas de libertad, pero en estos difíciles y complejos momentos que estamos atravesando, en los que el aislamiento social, preventivo y obligatorio profundiza y recrudece la violencia por razones de género, es que los esfuerzos tienen que estar también concentrados en garantizar el acceso a la Justicia y a la protección efectiva de las mujeres y de sus hijos e hijas.
Atento a la gravedad de sus actos, las personas privadas de libertad por delitos contra las mujeres, deben efectuar sus condenas en establecimientos penitenciarios. Éstos deben cumplir con lo establecido en nuestra Constitución Nacional en su artículo 18, debiendo ser sanas y limpias. Claro está que la pandemia que transcurre debido al virus Covid-19 puede dificultar ese mandamiento, por lo que debemos extremar los cuidados sanitarios para evitar contagios, pero nunca desamparar a la sociedad ni a las víctimas, devolviendo a las calles a quienes cometieron delitos que vulneran las autonomías de las mujeres, sin haber finalizado previamente su condena.
Este escenario judicial, además de suponer un peligro para la sociedad, conllevaría una verdadera vulneración de los derechos de todas las mujeres frente a la cual debemos actuar de inmediato. La violación, el abuso sexual, el femicidio y el maltrato son fenómenos que afectan a mujeres y niñas especialmente y de ninguna manera podemos convalidar que quienes cometen estos delitos puedan poner nuevamente en peligro a más mujeres.
En el marco del absoluto respeto a su independencia, exhortamos al Poder Judicial a que se encamine en el mismo sentido.