Expediente 255343 de Labor Parlamentaria.
De la comisión de Labor Parlamentaria a partir de proyectos presentados respectivamente por los ediles Daniela León, de la Unión Cívica Radical-Juntos por el Cambio; Ariel Cozzoni, de Unite-Un Gol para Rosario, Andrés Giménez y Marina Magnani, de Unidad Ciudadana, y Renata Ghilotti, Roy López Molina y Agapito Blanco, de Cambiemos, un decreto por el que se encomienda al Departamento Ejecutivo para que realice las gestiones necesarias ante el gobierno provincial, previo análisis del Comité de Coordinación creado por el decreto Nº 239/20, para que se solicite al jefe del Gabinete de Ministros de la Nación la inclusión dentro de las actividades exceptuadas del distanciamiento social, preventivo y obligatorio a los trabajadores de la animación y la recreación, incluyendo grupos de animación, magos/as, payasos/as y afines.
También solicita se autorice el dictado presencial de clases en los institutos de formación profesional área no formal para adultos y a los jardines de infantes. Igualmente requieren se incorpore al actual protocolo de higiene y funcionamiento de bares y restaurantes uno específico ya elaborado para que puedan funcionar bares con mesas de pool.
D E C R E T O
Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la repartición que corresponda, realice las gestiones necesarias ante el Gobierno Provincial, para que previo análisis del Comité de Coordinación creado por Decreto Nº 239/20, solicite al Jefe de Gabinete de Ministros, la inclusión dentro de las actividades exceptuadas del “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” a los trabajadores de la animación y recreación, incluyendo grupos de animación, magos/as, payasos/as y afines, el dictado presencial de clases dentro de los Institutos de Formación Profesional del Área No Formal para adultos, a los jardines de infantes y se incorpore al actual Protocolo de Higiene y Funcionamiento de Bares y Restaurantes el protocolo que se adjunta para que puedan funcionar los bares con mesas de pool, en el marco de lo previsto en el D.N.U Nº 355/20, con los debidos resguardos sanitarios y cumpliendo estrictos protocolos tendiente a la prevención y evitar el contagio del coronavirus Covid-19 entre quienes asistan y trabajan en los mismos.
Art. 2°.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá promover y programar acciones conjuntas con miembros representativos del oficio y/o actividades a exceptuar a fin de adoptar protocolos y medidas de seguridad y sanitarias adecuadas para garantizar la salud de las personas involucradas.