Expediente 255798 de la concejala Magnani.
D E C R E T O
Artículo 1º.-Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal que realice las gestiones pertinentes ante el Ministerio de Medio Ambiente de la Nación, para que en virtud del artículo 40 de la Ley 26.331, antes mencionado, disponga la inutilización por un término de 24 meses de las tierras ubicadas en la zona de islas y humedales del Río Paraná que hayan sufrido incendios en los últimos 6 meses, para intentar restituir la situación ambiental anterior a los incendios.