Expediente 256123 del concejal Toniolli. Aprobado por unanimidad, con la abstención del Interbloque Cambiemos.
VISTO:
La decisión judicial del Juez Dr. Néstor García del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación, de ordenar la liquidación de los bienes de la empresa Expreso Júpiter, y
CONSIDERANDO:
Que Expreso Júpiter SRL es una sociedad dedicada a los servicios de logística que se ocupa del traslado de mercaderías entre la ciudad de Rosario y Buenos Aires.
Que los conflictos en la empresa comenzaron a suscitarse a partir del año 2009, luego del fallecimiento de sus dos socios fundadores: Juan Manuel Fuster y Julio Francés. Los continuadores de la sociedad, sus herederos, tuvieron sucesivos problemas para reunirse en asambleas y conformar una administración, por lo que poco a poco se fue abandonando la gestión de la empresa.
Que la empresa se encuentra bajo administración judicial desde hace ya 10 años, luego del pedido de disolución que hicieron los herederos de uno de sus fundadores.
Que el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº6 a cargo del Juez Dr. Néstor García designó a varios administradores. De conformidad con lo expresado por los y las trabajadoras de Expreso Júpiter, en los años bajo administración judicial se retuvieron aportes de los empleados y se incumplieron obligaciones impositivas, sin que el tribunal interviniente tomara medidas al respecto.
Que los y las trabajadoras siempre plantearon su intención de recuperar la empresa, pero se encontraron con reiteradas negativas del juez que lleva la causa (al que incluso debieron denunciar por haber permitido los incumplimientos tributarios y de derechos laborales).
Que lo cierto es que, entre el abandono de sus dueños, los intentos de vaciamiento por parte de los continuadores de la empresa, y los interventores judiciales designados en el marco de aquella acción judicial, se sucedieron administraciones falentes que culminaron con la empresa fuertemente endeudada, especialmente con la AFIP, por los aportes y contribuciones a la seguridad social debidas.
Que, en el año 2018, se ordenó sentencia de disolución de la sociedad.
Que después de la sentencia, y a fin de evitar que se comience con el proceso de liquidación de la empresa que culminaría con la pérdida de sus puestos de trabajo, los y las trabajadoras comenzaron un plan de lucha. Allí tomaron de hecho la administración de la misma durante tres semanas hasta que el juez de la causa los desplazó mediante una orden judicial. Se designó luego un nuevo interventor, CPN Lombardo, quien logró equilibrar las obligaciones y deudas judiciales con los intereses de los y las trabajadoras, con resultados sumamente positivos en el desarrollo de la empresa.
Que incluso la empresa ha podido remontar su producción y ganancias en este contexto de crisis, ya que durante la pandemia se duplicaron los pedidos, según manifiestan los y las trabajadoras de Expreso Júpiter.
Que el esfuerzo realizado por los y las trabajadoras durante todos estos años se vio frustrado por el reciente decisorio judicial del Juez de la causa Dr. Néstor García, quien hace algunos días ordenó la liquidación de los bienes de la empresa, lo que implicaría la afectación de la fuente de trabajo que sostiene a más de 40 familias.
Que según expresan los y las trabajadoras de dicha empresa, la solución más eficaz frente a la problemática judicial sería la declaración de quiebra de Expreso Júpiter a los fines de que puedan constituirse como Cooperativa de Trabajo y tomar la conducción de la empresa, manteniendo así los puestos laborales.
Que el Concejo Municipal de Rosario, en la sesión del 14 de marzo de 2019, Expte. N° 248.596, expresó su beneplácito: ‘al proyecto de ley,tramitado en expediente N° 36.159 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa fe que declara utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble ubicado en la ciudad de Rosario, departamento Rosario, Sección 05, Manzana 070, Gráfico 028, División 000, Sub División 000, sito en Arijón 670, como así también el listado de vehículos detallados; considerando como extensión del objeto de expropiación, los bienes necesarios, complementarios y accesorios, tales como las herramientas, instalaciones y los bienes intangibles, marcas, patentes y habilitaciones necesarias para el desarrollo de las actividades normales y habituales del establecimiento; los que serán adjudicados a la Cooperativa de Trabajo Expreso Júpiter – en formación-, con domicilio en la ciudad de Rosario, e inscripta en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), bajo Expediente N° EX-2018-23120346- APNMGESYA-INAES, con el objeto de contribuir al mantenimiento de los puestos de trabajo vigentes y a la recuperación de la empresa por parte de los trabajadores, según el Artículo 1 de la Ley N° 1371 O De Protección y Apoyo a las Empresas Recuperadas'».
Por lo expuesto se eleva para su aprobación el siguiente proyecto de:
D E C L A R A C I Ó N
El Concejo Municipal de Rosario expresa su preocupación por el decisorio judicial ordenado por el Juez Dr. Néstor García dentro de la causa de disolución de la sociedad Expreso Júpiter, en cuanto ordena la liquidación de los bienes, poniendo en riesgo la fuente de trabajo de los y las trabajadoras de la empresa.
Asimismo, éste Cuerpo reitera su acompañamiento y solidaridad con los y las trabajadoras en su lucha por mantener los puestos de trabajo vigentes y la recuperación de la empresa por parte de la Cooperativa de Trabajo Júpiter.