Programa de sensibilización, concientización y educación ambiental, será implementado por la municipalidad

Expediente 254579 de la concejala López

O R D E N A N Z A

Artículo 1°.- Crease el “Programa de Sensibilización, concientización y educación ambiental”.

 

Art. 2°.- El programa tiene como objetivo, en base al calendario ambiental del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, la realización de acciones concretas de comunicación, campañas y concientización en la temática ambiental en cada una de las fechas que se detallan a continuación:

  • 2 de febrero: Día de los Humedales.
  • 22 de marzo: Día Mundial del Agua- Semana Municipal del agua.
  • 22 de abril: Día de la Madre Tierra.
  • 9 de mayo: Día Internacional de las Aves.
  • 5 de junio: Día Mundial del Medio Ambiente.
  • 7 de julio: Día de la Conservación del suelo.
  • 29 de agosto: Día del árbol.
  • 16 de septiembre: Día Internacional de Protección de la Capa de Ozono.
  • 10 de octubre: Día del entorno sonoro saludable.
  • 6 de noviembre: Día de los Parques Nacionales.
  • 3 de diciembre: Día Mundial del No Uso de Plaguicidas.

 

Art. 3°.- En el marco del Programa de Sensibilización, concientización y educación ambiental el DEM podrá celebrar convenios con los Ministerios de Educación, Cultura y Ambiente y Cambio Climático de la Provincia de Santa Fe para convocar junto con el Concejo Municipal de Rosario y las Secretarías Municipales de Ambiente y Espacio Público y, Cultura y Educación, a un CONCURSO de CUENTOS BREVES destinado a las escuelas primarias de la ciudad, donde los ejes sean las fechas establecidas en el artículo 2. Los trabajos se desarrollarán durante todo el ciclo lectivo, y se presentarán los ganadores al año siguiente.

 

Art. 4°.- El Programa establece la realización de diversas actividades, en cada una de las fechas mencionadas en el artículo 2, con convocatorias plurales y representativas, donde confluyan: organizaciones de la sociedad civil; personalidades representativas de la defensa ambiental y expertos en la temática; funcionarios y legisladores nacionales, provinciales y municipales vinculados a la temática. La organización de las actividades será definida y convocada por la

Secretaria de Ambiente y Espacio Público de la Municipalidad de Rosario y la Comisión de Ecología y Medio Ambiente del Concejo Municipal de Rosario.

 

Art. 5°.- El Concejo Municipal de Rosario realizará en la ciudad de Rosario el reconocimiento al “EDUCADOR/A AMBIENTAL” del año, premio que se otorgará tanto a personas como a instituciones que durante ese año se hayan destacado en diversas cuestiones vinculadas a los derechos ambientales y la defensa del ambiente. A tales efectos, la comisión de Ecología y Medio Ambiente del Concejo Municipal convocará a través de su Consejo Asesor, a la redacción de las bases y condiciones de este reconocimiento y a la conformación de un jurado para la selección y entrega de las distinciones.