Programa de producción sustentable de alimentos en el área de protección  

 Expediente 255752 de la concejala Irizar

 

O R D E N A N Z A

PROGRAMA DE PRODUCCIÓN SUSTENTABLE DE ALIMENTOS EN EL ÁREA DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS

Art. 1°: Créase el “PROGRAMA DE PRODUCCIÓN SUSTENTABLE DE ALIMENTOS EN EL ÁREA DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS” que cumplirá con las funciones comprendidas por el Proyecto Cinturón Verde (Ordenanzas N° 8871/11, N° 9789/17 y Nº 9944/2018) y será parte del PLAN ESTRATÉGICO PARA ÁREA DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS definido en esta Ordenanza. El Programa será implementado por una Unidad Ejecutora integrada por las Secretarías de Desarrollo Económico y Empleo, Ambiente y Espacio Público, Planeamiento, Desarrollo Humano y Hábitat y Salud.

 

Art. 2°: OBJETIVO. Tendrá como objetivo la puesta en marcha de las políticas para la promoción de la producción primaria sustentable de alimentos, en articulación con las industrias de su cadena de valor, en sus dimensiones productivas, sociales y ambientales.

 

Art. 3°: EJES DE ACCIÓN.

  1. Asesoramiento y asistencia técnica a agricultores y agricultoras en procesos de reconversión agroecológica, que contemplen buenas prácticas agrícolas.
  2. Apoyo a la inversión en infraestructura y equipamiento a fin de brindar a los productores y productoras las condiciones productivas necesarias.
  3. Asistencia para la mejora de las condiciones y relaciones laborales, organizativas y de tenencia de la tierra.
  4. Implementación de estrategias para el fortalecimiento comercial, a partir de la puesta en marcha de un sello de calidad de alimentos agroecológicos, en el marco de la vigencia de la Ordenanza 9944/2018 de Garantías Participativas, generando acuerdos con instituciones, comercios y ferias, e implementando programas de compras públicas orientadas al sector.
  5. Promover mecanismos para la tenencia segura de la tierra por parte de los productores que les brinde seguridad y previsibilidad productiva en el tiempo.
  6. Impulsar intervenciones para la mejora del paisaje periurbano: forestaciones y desarrollo de circuitos recreativos/turísticos. Desarrollo de corredores biológicos prestadores de ambientes de biodiversidad que facilitan la implementación de los proyectos agroecológicos.
  7. Promover el metabolismo agroecológico y la economía circular a partir del reciclaje de residuos orgánicos, para su aprovechamiento, como insumo para mejorar la condición de los suelos degradados.

PLAN ESTRATÉGICO PARA EL ÁREA DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA

PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS

 

Art. 4°: El Departamento Ejecutivo elaborará un Plan Estratégico para el desarrollo del “PROGRAMA DE PRODUCCIÓN SUSTENTABLE DE ALIMENTOS EN EL ÁREA DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS” con participación de las Secretarías implicadas, incluyendo como mínimo las áreas que poseen los antecedentes de gestión del Proyecto Cinturón Verde (Secretaría de Desarrollo Económico y Empleo, Ambiente y Espacio Público, Planeamiento, Desarrollo Humano y Hábitat y Salud).

 

Art. 5°: OBJETIVO: Establecer las líneas estratégicas, acciones, metas y actores implicados para avanzar en el desarrollo del “PROGRAMA DE PRODUCCIÓN SUSTENTABLE DE ALIMENTOS EN EL ÁREA DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS”, que consolide un modelo de producción sustentable de alimentos y la preservación de los servicios ambientales y las oportunidades de desarrollo socioeconómico local.

 

Art. 6°: Créase una Comisión de Seguimiento del PLAN ESTRATÉGICO PARA EL ÁREA DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS DE ROSARIO integrada por productores del sector, un representante de las comisiones de Producción, de Ecología y de Planeamiento del Concejo Municipal, CONICET, INTA, Universidad Nacional de Rosario, como así también otras entidades estatales vinculadas a la temática, y organizaciones de la sociedad civil, con el fin de monitorear el avance del Plan.

 

Art. 7°: Créase el “Registro de lotes ociosos”, como mecanismo de promoción de acceso a la tierra. Podrán inscribirse en el registro quienes posean lotes improductivos dentro de las zonas definidas por el PLAN ESTRATÉGICO PARA EL ÁREA DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS DE ROSARIO, al efecto de ofrecer su tierra para que sea trabajada por aquellos que quieran desarrollar actividades productivas pero no tuvieran acceso a la misma, recibiendo los beneficios y obligaciones que la presente Ordenanza establezca.

El PROGRAMA DE PRODUCCIÓN SUSTENTABLE DE ALIMENTOS EN EL ÁREA DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS, articulará los acuerdos necesarios entre los diferentes actores bajo modalidades de esfuerzo compartido y otras que posibiliten el desarrollo del área en los términos establecidos en la presente.

Art. 8º: Modifíquese toda norma que se oponga a la presente.