Hasta el 2024, el autódromo tendrá un máximo de cinco competencias anuales

Expediente 256722 de la concejala Gigliani (*El expediente sufrió modificaciones en el recinto de sesiones)

O R D E N A N Z A

Artículo 1º.- Modifícase el artículo 5º de la Ordenanza Nº 9.487 de fecha 3 de diciembre de 2015 el que quedará redactado del siguiente modo:

“Artículo 5º.- Durante el período comprendido entre la aprobación de la presente y el 31 de diciembre de 2024 se efectuarán como máximo cinco reuniones anuales, no más de una por mes, de categorías homologadas, nacionales o zonales, por la Comisión Deportiva Automovilística dependiente del Automóvil Club Argentino, o la Confederación Argentina de Motociclismo Deportivo, la Asociación de Corredores de Turismo Carretera o la Autoridad Deportiva Nacional que en el futuro la reemplace. Cada una de dichas competencias incluirá las instancias de pruebas, series clasificatorias y finales, y deberán llevarse a cabo exclusivamente los días viernes, sábados y domingos en el horario comprendido entre las 09.30 y 18:30 horas. La autorización establecida en el párrafo anterior podrá ampliarse a una reunión anual más, siempre que fuera acordada entre el Autódromo y cualquier organismo automovilístico internacional.