Fomentan el uso de recipientes reutilizables

Expediente 257420 del concejal Zeno.

Del edil Lisandro Zeno y su par de bloque del Partido Demócrata Progresista, Aldo Pedro Poy; Eduardo Toniolli, del Frente de Todos-PJ; la presidenta del Concejo, María Eugenia Schmuck; Verónica Irizar, Lorena Carbajal y Mónica Ferrero, de la bancada Socialista, y Marina Magnani, de Unidad Ciudadana, se aprobó una ordenanza que tiene por objetivo “fomentar el expendio y venta de alimentos elaborados y a granel en recipientes reutilizables (táper, ollas, fuentes, frascos u otros) aportados por los propios clientes o consumidores.

Se especifica que “a solicitud del cliente o consumidor los establecimientos gastronómicos y comercios en general no podrán negarse a la venta a granel en recipientes aportados por los primeros”.

En igual sentido se crea la campaña municipal “Llevá tu táper” con el objetivo de informar sobre la normativa.

Se refirió al tema el concejal Zeno sobre el expediente que establece se fomente expendio y venta de alimentos elaborados y a granel en recipientes reutilizables

O R D E N A N Z A

Artículo 1°.- La presente Ordenanza tiene por objeto fomentar el expendio y venta de alimentos elaborados y a granel, en recipientes reutilizables (táper, ollas, fuentes, frascos u otros) aportados por los propios clientes o consumidores.

Art. 2º.- A los efectos de la presente Ordenanza, se entiende por recipientes reutilizables, a aquellos receptáculos reutilizables de vidrio, plástico (táper), acero inoxidable, cerámica esmaltada o vitrificada, que se encuentren en buenas condiciones de uso, con o sin tapa, sin roturas ni fisuras, bromatológicamente aptos para la reutilización, rellenado, almacenamiento y traslado de alimentos.

Art. 3º.- Promuévase el expendio y venta de alimentos elaborados y a granel en recipientes reutilizables propios de los clientes o consumidores, que cumplan con lo dispuesto en el artículo 2.

Art. 4º.- A solicitud del cliente o consumidor, los establecimientos gastronómicos y comercios en general no podrán negarse a la venta a granel dentro de recipientes aportados por los primeros, salvo que los contenedores no cumplan con las condiciones dispuestas por el artículo 2.

Art. 5º.- Créase la campaña municipal “Lleva tu táper” cuyo objetivo es informar a los establecimientos gastronómicos y comercios, sus cámaras, agrupaciones y representantes, sobre la posibilidad del expendio y venta de alimentos elaborados y a granel en recipientes reutilizables provistos por los consumidores y los impactos ambientales que se producen por la utilización masiva de elementos descartables. En el marco de la misma, se instará a los comercios anteriormente mencionados a exponer cartelería propia, de manera visible, a través de la cual se promueva que los clientes o consumidores aporten sus propios recipientes reutilizables para las compras en el local, haciendo alusión a la presente ordenanza. Asimismo, la cartelería podrá incluir, a título informativo, la siguiente leyenda: “El establecimiento gastronómico no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse como consecuencia del uso de recipientes contenedores aportados por el consumidor, salvo que se probare que el daño es consecuencia directa de acciones u omisiones anteriores a la colocación de los alimentos o bebidas en los contenedores, de conformidad con lo establecido en el art 1729 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.”

Art. 6.- El cumplimiento de la presente podrá formar parte de los requisitos establecidos en el Artículo 3 de la Ordenanza 10069, a los efectos de obtener los beneficios, capacitaciones y asistencias que otorga el programa “Sello Verde”.

D E C R E T O

Articulo. 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo que, a través de la repartición que corresponda, realice las gestiones correspondientes a los efectos de fomentar y promover el expendio a granel de productos de consumo masivo – como ser, elementos de cuidado personal, limpieza, bebidas, alimentación, almacén, forrajearías, entre otros – en toda su cadena de comercialización.