Expediente 258660 de la concejala Ferradas
O R D E N A N Z A
Artículo 1°.- Crease la Campaña permanente de concientización y sensibilización “Alcohol cero salva vidas” con el objetivo de difundir entre la población la importancia de conducir con responsabilidad, priorizando el respeto y cuidado de la vida.
Art. 2°.- El Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) en coordinación con La Agencia Provincial de Seguridad Vial del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe diseñaran el contenido de la campaña relacionado con el objeto de la presente.
Art. 3°.- Dicha campaña deberá incluir la difusión web y/o en redes sociales y además, se incluirá en unidades del Transporte Urbano de Pasajeros, ya sea en pantallas, si las tuviera, o afiches.
Art. 4°.- El DEM evaluará la factibilidad de incluir en la campaña mencionada en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, la realización de afiches para la colocación en la vía pública.
Art. 5°.- El DEM evaluará la factibilidad de incluir en la campaña mencionada en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, en spots televisivos y radiales.
Art. 6°.- El DEM evaluará la factibilidad de incluir en la campaña mencionada en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, en la presa grafica de nuestra ciudad.
Art. 7°.- La Secretaría de Control y Convivencia será la autoridad de aplicación de la presente.
Art. 8°.- El DEM a través de la autoridad de aplicación podrá celebrar convenios con organizaciones sociales e instituciones públicas y privadas con el fin de colaborar con la difusión de esta campaña.