Expediente 258288 del concejal Fiatti
Expediente 258323 de la concejala Tepp
Expediente 261173 de la concejala Ferradas
R E S O L U C I Ó N
1. El Concejo Municipal de Rosario resuelve crear el ciclo “músicas y músicos distinguidos”.
2. El Ciclo “músicas y músicos distinguidos” tendrá por objetivo proteger, promocionar y fomentar actividades culturales de las y los artistas distinguidas y distinguidos de la ciudad de Rosario. A su vez, y de este modo, impulsar una política pública y herramienta concreta que vincule el Concejo Municipal y la cultura de la ciudad, reconociendo y valorando el trabajo de las y los artistas distinguidos.
3. El Ciclo “música y músico distinguido”, será un evento cultural promovido por la Comisión de Cultura y Educación del Concejo Municipal de Rosario en el marco de sus atribuciones. Dicho evento se desarrollará en el edificio del Palacio Vasallo cito en calle Córdoba a la altura catastral de 501 de la ciudad, de acuerdo al cronograma, fechas y horarios que determine el Concejo Municipal.
4. Cada vez que se declare música o músico distinguido a un/a artista o grupo de ellos de la ciudad, se pondrá a disposición la oportunidad de realizar el “Ciclo” creado por esta normativa, con un máximo de cuatro realizaciones por mes. En esta ocasión, de ser convenido con el música, músico o grupo de ellas/os, se realizará un evento con la o él artista distinguido o grupo de ellas/os.
5. En el marco de este “Ciclo”, el artista o grupo de ellos, que así lo desearen, recibirán el honor dispuesto por el Concejo Municipal, reconociendo su trayectoria y desempeño en el cual se destaca en la ciudad. Dicho evento se realizará, tal como menciona el apartado precedente, en el recinto o terraza del Palacio Vasallo. Este evento será transmitido por los canales de difusión del Concejo, como así también por el resto de los canales digitales oficiales y/o algún canal de TV abierta.
6. Del resultado de este evento, se podrá producir un registro audiovisual, el que se trabajará en coordinación con la o él artista distinguido y el equipo técnico del Concejo, teniendo especialmente en cuenta la condición de música/o independiente y su trayectoria. Para la elaboración de este registro audiovisual se podrá trabajar con productoras audiovisuales independientes radicadas en la ciudad.
7. El Concejo Municipal brindará el soporte técnico necesario para el desarrollo del Ciclo y afrontará todo gasto que demande el mismo.
8. El material audiovisual generado se publicará y será difundido en las redes sociales, página web y plataformas del Concejo Municipal y la Municipalidad, y será de libre descarga.
9. Cuando el monto de la contratación en el marco de la presente resolución supere el límite establecido para en el artículo 67 inciso a) de la Ordenanza de Contabilidad (Decreto – Ordenanza Nº 19975 / 1957 y sus modificaciones) para compras directas deberá contar con la autorización mediante una resolución de Labor Parlamentaria para cada caso en particular.