Expediente 262718 de Intendencia
Aprobado por mayoría reglamentaria, con el voto negativo de los concejales Carlos Cardozo, Ana Laura Martínez, Daniela León y Alejandro Rosselló.
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: Autorización.
Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal por el plazo de 12 meses; contados a partir de la promulgación de la presente, a contratar mediante el procedimiento de concursos de precio, exceptuando la suma máxima establecida para la licitación pública y privada en la normativa vigente, a todos aquellos bienes y servicios que demande la ejecución de obras de equipamiento -entendiendo tales como espacios comunitarios, centros de salud, espacios verdes y otros que no importen obras de infraestructura vital o hídrica- en barrios populares en los que intervenga el fideicomiso de administración y financiero «Fondo de Integración Socio Urbana» (FISU según Decreto Nacional 819/19). Dicho plazo será prorrogable por igual período con aprobación del Concejo Municipal de Rosario.
Art. 2°: Definición Barrios Populares
Entiéndase como «Barrios Populares» en el Marco de la presente, a aquellos definidos y delimitados como tales en virtud del Decreto 358/2017 del Poder Ejecutivo Nacional y de la Ley Nacional 27.453 RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL PARA LA INTEGRACIÓN SOCIO URBANA.
Art. 3°: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a repetir el procedimiento previsto en el Artículo 1º cada vez que se verifiqué la necesidad de realizar la compra y/o contratación tendiente a asegurar la provisión de los bienes y servicios previstos durante el tiempo que dure la presente ordenanza
Art. 4º: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las adecuaciones de Partidas Presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente.
Art. 5º: La Secretaría de Obras Públicas, Planeamiento y el Servicio Público de la Vivienda y Hábitat elevará cada 6 meses al Concejo Municipal un informe de las medidas implementadas o las acciones llevadas a cabo en virtud del Artículo 3° de la presente.
D E C R E T O
El Concejo Municipal de Rosario resuelve dirigirse al Departamento Ejecutivo Municipal a efectos de que éste remita notificación a la legislatura provincial y a todos los Concejos municipales de la provincia de Santa Fe a los fines de considerar promover normativas similares que permitan a los Ejecutivos acelerar los procesos de adquisición de bienes y servicios para avanzar en la integración socio-urbana de los barrios relevados dentro del Registro Nacional de Barrios Populares de todo el territorio santafesino.