Expediente 264756 de la concejala Ferradas
D E C R E T O
Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la repartición correspondiente, cree un Plan de Contingencia Municipal de Calidad del Aire con el objeto de promover y aplicar acciones correctivas para proteger la salud de los habitantes de la ciudad y restaurar el ambiente en forma coordinada y concertada, evitando contingencias ambientales atmosféricas provocadas por el humo proveniente de las quemas en los Humedales.
Art. 2º.- El Plan de Contingencia Municipal de Calidad del Aire será coordinado por un Comité de Emergencia compuesto por miembros de la Secretaría de Ambiente y Espacio Público y la Secretaría de Salud Municipal.
Art. 3º.- El Plan de Contingencia Municipal de Calidad del Aire deberá:
a- Generar un Sistema de Monitoreo Atmosférico Permanente, que establecerá el índice de calidad del aire, con el objeto de medir las concentraciones de los contaminantes en Rosario, a saber, ozono, dióxido de nitrógeno, dióxido de azufre, monóxido de carbono y partículas menores a 10 y 2.5 micrómetros “PM10” y “PM2.5”, respectivamente.
b- Establecer un Protocolo de Activación de Contingencias Ambientales Atmosféricas, que ordenará las acciones a llevar a cabo en caso de presentarse un evento de contingencia ambiental atmosférica, para prevenir y proteger la salud de la población. Con este objetivo deberá delimitar diferentes Fases de la Contingencia Ambiental Atmosférica a los fines de advertir a la población y en caso que sea necesario suspender o limitar actividades.